“Con respecto a las solicitaciones de concurrencia de los niños de las escuelas fiscales a las fiestas, ceremonias y homenajes que se preparan motivados por los aniversarios próximos (se acercaba el 25 de mayo), esta inspección general hace saber a Ud que no debe autorizar, ni menos obligar, la asistencia oficial de los escolares a dichos actos, ni colectiva ni individualmente, dejando librada la actitud de los mismos al criterio de sus respectivos padres”, señalaba esa circular.
Se trataba, según el inspector, de razones de orden higiénico y pedagógico.
“Los prolongados plantones a que se exponen los niños cuando concurren en forma colectiva a esos actos, les acarrea graves consecuencias para su salud, sin contar con que la formación obligatoria atenta contra la espontaneidad infantil y el deseo de actividad siempre presente en su naturaleza, convirtiendo un episodio que sería interesante y hasta agradable para el educando si concurriera individual y espontáneamente a un verdadero tormento para él, al obligárselo a una inmovilidad forzada y antinatural, tanto más manifiesta cuando los adultos –sedentarios por temperamento- gozan en ellas de absoluta libertad de acción”.
“La influencia moralizadora del acto –su aspecto docente- se pierde también por el estado de intranquilidad, de cansancio y, a veces, hasta de sufrimiento real en que se halla el niño; siendo así inútil tratar de conseguir el propósito fundamental que movió a solicitar la presencia de los escolares a menos que sólo se tratara de dar “brillo” a la fiesta con el concurso de los educandos uniformados y alineados. Pero no es posible admitir que se sacrifique así al niño en aras de intereses ajenos a su salud y a su educación”, finalizaba la disposición que fue pronto olvidada.
1 comentarios:
Estimada Colega, me resulta un hallazgo la circular que publicaste. Estoy buscando documentos sobre los actos escolares y me sería de utilidad conocer los datos que tengas de ella.
Desde ya muchas gracias
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