El decreto que reinstauraba el cuerpo de serenos, decía en sus fundamentos que no bastaba “para la seguridad de las personas y de la propiedad el sistema de patrullas policiales”. Este cuerpo contaba con 20 empleados efectivos, 19 suplentes, un comandante de serenos y 2 ayudantes.
Dos años después, nuestra legislatura le puso precio a su trabajo. Se “tasaba” lo que debía pagar como impuesto de serenos según la cantidad de puertas que tuviera un negocio o casa.
Así, los bancos debían pagar 5 pesos fuertes mensuales por su puerta principal y 1 peso fuerte por cada otra puerta que tuviese. Las casas mayoristas de tienda y mercería, pinturería, almacenes navales, droguerías, joyerías y relojerías, 2 pesos fuertes por puerta principal y 6 reales por cada una de las demás.
Los hoteles, cafés, billares, fábricas de carruajes, corralones de madera, tejas, fierros, piedras de vereda, 1 peso fuerte por puerta principal y 4 reales por las demás.
Cada tipo de negocio, entonces, tenía varias tarifas. Las casas de familia también. Las puertas de zaguán de casas de familia, tenían un costo de 2 reales mensuales. Los cuartos a la calle habitados por familia, 1 real. La ley consideraba también puerta a toda ventana sin reja que sirva para colocar muestras.
Toda puerta, aunque no estuviere en uso, debía pagar desde que la habitación a que perteneciera se encuentre ocupada.
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